RUC Digital SUNAT 2020, nueva modalidad para la inscripción al RUC de PPNN

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Nueva modalidad para obtener el RUC digital

Desde el 22 de agosto, la SUNAT puso a disposición una nueva modalidad para la obtención del RUC, se trata del RUC digital, esto permite inscribirse al RUC en pocos minutos vía el celular o una PC conectada a internet, y sin necesidad de salir de casa.

Esta nueva modalidad está dirigida a todas las personas naturales con DNI, con negocio y/o sin negocio, de modo que pueden obtener su RUC de manera más rápida para iniciar sus actividades económicas y sumarse así a la reactivación económica del país.

Para obtener el RUC digital solo hay que ingresar al APP Personas  o al Portal de la SUNAT y seguir los siguientes pasos:
  1. En web de SUNAT Virtual seleccionar la opción Centro de servicios virtual.
  2. Ubicar la opción Inscríbete en el RUC e ingresar el número de su DNI.
  3. Para la verificación de su identidad, cumplir con la verificación biométrica dactilar remota siguiendo las indicaciones del sistema.
Dicha verificación permite obtener del RENIEC los datos de identificación relativos a sus apellidos y nombres, fecha de nacimiento y sexo.
Adicionalmente, el contribuyente, también, podrá obtener en ese mismo proceso su Clave SOL, que le permitirá realizar operaciones virtuales como emitir comprobantes de pago electrónicos (recibos por honorarios, boletas de ventas, entre otros) o hacer modificaciones a los datos declarados durante su inscripción.
De esta manera, la obtención del RUC y la Clave SOL ahora se puede realizar las 24 horas del día, los 7 días de la semana y sin la necesidad de acudir a un Centro de Servicios al Contribuyente.
 

Datos requeridos para la obtención del RUC digital

IDDATOS_REQUERIDOSINFORMACIÓN A INGRESAR O SELECCIONAR
1Actividad Económica PrincipalLa actividad económica que realizará en función del código de la lista de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme que está a disposición en SUNAT Virtual.
2Régimen TributarioDe corresponder, seleccionar el régimen tributario respectivo.
3Profesión u oficioDe corresponder, el código de la profesión u oficio respectivo.
4Alta de TributosEl(los) motivo(s) por el(los) cual(es) se realiza la inscripción, a consecuencia de lo cual se da el alta del impuesto a la renta de primera, segunda, tercera (Régimen General, Régimen Especial o Régimen MYPE Tributario) y/o cuarta categoría y/o Nuevo Régimen Único Simplificado, según corresponda. El alta del impuesto general a las ventas se realizará de acuerdo a la renta respectiva.
5Fecha de Inicio de ActividadesLa fecha desde la que iniciará sus actividades económicas.
6Datos del Domicilio FiscalLa información solicitada por el sistema respecto a la ubicación del domicilio fiscal, sin perjuicio de la verificación posterior que efectúe la SUNAT.
7Condición del Domicilio FiscalLa condición del inmueble declarado como domicilio fiscal (alquilado, propio, cedido en uso u otro).
8Correo Electrónico y teléfono móvilUn correo electrónico y un número de teléfono celular
9Clave SOLUna contraseña, la cual será la clave SOL para ingresar a SUNAT Operaciones en Línea.

Consideraciones del RUC digital

Si el sistema detecta inconsistencias en la información ingresada en un campo determinado, no permitirá que se continúe con el trámite.

De no existir inconsistencias, se da por concluido el trámite, otorgándose el número de RUC correspondiente y generándose la clave SOL, luego de lo cual se remite al correo electrónico declarado por el sujeto el Comprobante de Información Registrada (CIR). El CIR contiene la información proporcionada, así como aquellos datos obtenidos del RENIEC, indicándose que el sujeto debe usar su DNI como código de usuario.

El nombre comercial, la actividad de comercio exterior, el alta de tributos adicionales a los que figuran en el CIR, el representante legal designado por el sujeto, las exoneraciones de tributos, inafectaciones de tributos que figuran en el CIR y/o los establecimientos anexos que tenga el sujeto al momento de su inscripción deben ser proporcionados a la SUNAT dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes al de la inscripción, en los centros de servicios al contribuyente, a través de SUNAT Virtual o el canal telefónico, de corresponder.

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