40 » Tributos Contraprestaciones y aportes al sistema público de pensiones y de salud por pagar

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1. Contenido

La cuenta 40 Tributos Contraprestaciones y aportes al sistema público de pensiones y salud por pagar, agrupa las subcuentas que representan obligaciones por impuestos, contribuciones y otros tributos, a cargo de la entidad, por cuenta propia o como agente retenedor. También incluye el impuesto a las transacciones financieras que la entidad liquida.

2. Nomenclatura de la cuenta 40

4011 Impuesto general a las ventas

40111 IGV – Cuenta propia
40112 IGV – Servicios prestados por no domiciliados
40113 IGV – Régimen de percepciones
40114 IGV – Régimen de retenciones
40115 IGV – Importaciones
40116 IGV – Destinado a operaciones gravadas
40117 IGV – Destinado a operaciones comunes


4012 Impuesto Selectivo al consumo


4015 Derechos aduaneros

40151 Derechos arancelarios
40152 Otros derechos arancelarios


4017 Impuesto a la renta

40171 Renta de tercera categoría
40172 Renta de cuarta categoría
40173 Renta de quinta categoría
40174 Renta de no domiciliados
40175 Otras retenciones


4018 Otros impuestos y contraprestaciones

40181 Impuesto a las transacciones financieras
40182 Impuesto a los juegos de casino y tragamonedas
40183 Tasas por la prestación de servicios públicos
40184 Regalías
40185 Impuesto a los dividendos
40186 Impuesto temporal a los activos netos
40189 Otros impuestos

4021 Certificados tributarios

4031 Essalud
4032 ONP
4033 Contribución al SENATI
4034 Contribución al SENCICO
4039 Otras instituciones

4051 Gobiernos regionales

4061 Impuestos

40611 Impuesto al patrimonio vehícular
40612 Impuesto a las apuestas
40613 Impuesto a los juegos
40614 Impuesto de alcabala
40615 Impuesto predial
40616 Impuesto a los espectáculos públicos no deportivos


4062 Contribuciones


4063 Tasas

40631 Licencia de apertura de establecimientos
40632 Transporte público
40633 Estacionamiento de vehículos
40634 Servicios públicos o arbitrios
40635 Servicios administrativos o derechos

4091 Otros costos administrativos e intereses

3. Descripción de las subcuentas

Incluye los tributos que representan ingresos del Gobierno nacional, provenientes de la entidad, en su calidad de contribuyente y en su calidad de agente retenedor.

Contiene los documentos recibidos por reintegro de tributos. Esta subcuenta es de naturaleza deudora.

Incluye las obligaciones por contribuciones de la entidad en diferentes instituciones públicas, tales como las de seguridad social, y las contribuciones a la ONP. Estas obligaciones se originan en los descuentos efectuados a los trabajadores y las aportaciones de la entidad.

Contemplado para la acumulación de obligaciones por tributos para los gobiernos regionales en el futuro. Por el momento, la ley no los ha establecido.

Comprende el importe de tributos por concepto de licencias, arbitrios y otros impuestos municipales.

Incluye obligaciones por sanciones administrativas, tributarias y no tributarias, otros costos legales relacionados con deuda tributaria y otros con los niveles de gobierno en su capacidad sancionadora.

4. Reconocimiento y medición

Los tributos y aportes a los sistemas de pensiones y de salud, se reconocen a su valor nominal menos los pagos efectuados. Su valor nominal corresponde al monto calculado cuando es de cuenta propia, o retenido cuando es por cuenta de terceros, en las fechas de las transacciones.

5. Dinámica de la cuenta 40

  • El pago de las obligaciones tributarias.
  • La compensación de pagos o tributos por acreditar reconocidos en la subcuenta 167 - impuesto a las ganancias.
  • El importe nominal de los certificados de reintegro tributario recibido.
  • El IGV acreditable.

  • El importe de todos los tributos a cargo de la entidad.
  • El importe de los impuestos y contribuciones retenidos.
  • El IGV facturado.
  • La venta o aplicación de los certificados tributarios.

6. Comentarios

El detalle de las divisionarias y otras clasificaciones adicionales que se utilicen en esta cuenta, debe considerar la forma y detalle con que se liquidan los tributos de acuerdo a lo requerido por los órganos competentes para administrar tributos.

Para efectos de presentación de los tributos de saldo deudor, se debe considerar el plazo en que razonablemente se espera sean aplicados, a efectos de determinar su clasificación como corriente o no corriente; su presentación corresponde al activo del estado de situación financiera.

En la divisionaria 4011 se registra el Impuesto General a las Ventas (IGV) declarado, pendiente de acreditación.

La subcuenta 167 acumula los pagos de tributos por cuenta propia, y el IGV por acreditar, que se compensa con tributos similares acumulados en esta cuenta.

Los pasivos con las administradoras de fondos de pensiones se reconocen en la cuenta 41. A su vez, los pasivos con entidades prestadoras de servicios de salud, se reconocen como parte de las cuentas por pagar comerciales.

7. NIIF e Interpretaciones relacionadas

NIIF COMPLETAS (plenas)NIIF para PYMES
Marco conceptual para la información financieraSección 28Beneficios de los empleados
NIC 12Impuesto a las gananciasSección 29Impuesto a las ganancias
NIC 19Beneficios a los empleados

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