30 » Inversiones mobiliarias

1. Contenido

La cuenta 30 Inversiones mobiliarias, comprende las inversiones financieras cuyo propósito es obtener rendimientos, en adición a la devolución del capital invertido.

Incluye inversiones en instrumentos de deuda que se espera y se tiene la capacidad de mantener hasta el vencimiento; instrumentos representativos de derechos patrimoniales; participaciones en fondos y en acuerdos conjuntos, incluyendo activos por derechos de compra adquiridos.

2. Nomenclatura de la cuenta 30

3011 Instrumentos financieros representativos de deuda

30111 Costo
30114 Valor razonable

3021 Certificados de suscripción preferente


3022 Acciones representativas de capital social – Comunes

30221 Costo
30224 Valor razonable
30225  Participación patrimonial


3023 Acciones representativas de capital social – Preferentes

30231 Costo
30234 Valor razonable
30235 Participación patrimonial


3024 Acciones de inversión

30241 Costo
30244 Valor razonable
30245 Participación patrimonial


3028 Otros títulos representativos de patrimonio

30281 Costo
30284 Valor razonable
30285 Participación patrimonial

3031 Fondos de inversión

30311 Costo
30314 Valor razonable


3032 Fondos mutuos

30321 Costo
30324 Valor razonable

3041 Operaciones conjuntas

30411 Costo
30414 Valor razonable
30415 Participación patrimonial


3042 Negocios conjuntos

30421 Costo
30424 Valor razonable
30425 Participación patrimonial

3081 Instrumentos financieros representativos de deuda – Acuerdo de compra

30811 Costo
30814 Valor razonable


3082 Instrumentos financieros representativos de derecho patrimonial –
Acuerdo de compra

30821 Costo
30824 Valor razonable

3. Descripción de las subcuentas

Instrumentos financieros representativos de deuda adquiridos. Entre ellos están los valores emitidos o garantizados, por el Estado, por el sistema financiero, u otras entidades.

Su propósito es obtener los rendimientos pactados en fechas establecidas, así como la devolución del monto invertido.

Inversiones en acciones o participaciones, incluyendo a las entidades relacionadas, cuyo propósito es obtener rendimientos, por su naturaleza variable, y que no se mantienen para su venta.

Incluyen las acciones representativas del capital social, acciones de inversión y otras formas societarias, sea que se ejerza control, influencia significativa o ninguna de ellos.

Comprende la participación en fondos mutuos y en fondos de inversión, regulados y supervisados.

Incluye inversiones en operaciones conjuntas y en negocios conjuntos, cuya distinción depende de los derechos y obligaciones de las partes establecidas en el acuerdo.

Si el acuerdo establece derechos sobre los activos y obligaciones respecto de los pasivos, se identifica una operación conjunta, mientras que si se establecen acuerdos respecto del activo neto (valor residual de activos menos pasivos), se trata como un negocio conjunto.

Incluye los acuerdos de compra por las inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento, así como los instrumentos financieros representativos de derecho patrimonial, cuando son liquidados en una base convencional.

4. Reconocimiento y medición

Se reconoce la inversión a ser mantenida hasta el vencimiento a su valor razonable, más los costos de transacción directamente atribuibles a la compra o a su emisión. Con posterioridad a su reconocimiento inicial, las inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento serán medidas al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva (NIIF 9, párrafo 4.1.2).

Los instrumentos financieros representativos de deuda se registrarán al costo de adquisición, el que incluye todos los costos de transacción. Posteriormente pueden ser medidos al costo amortizado o al valor razonable (NIIF 9, párrafo 4.1.4).

En el caso de inversiones en acciones y/o participaciones en subsidiarias y asociadas, éstas se pueden medir al costo, al valor de participación patrimonial, o al valor razonable, con posterioridad a su reconocimiento inicial (NIC 27, párrafo 10). En la oportunidad del reconocimiento inicial, debe medirse y registrarse, si existiese, cualquier plusvalía mercantil contenida en el costo de adquisición cuando se trata de una combinación de negocios (NIIF 3, párrafo 32).

Cuando exista evidencia de deterioro del valor de la inversión, en tanto la inversión se mida al costo, el importe en libros del valor del activo se reducirá mediante una cuenta de valuación, cuando no se sigue el método de participación patrimonial.

Las participaciones en acuerdos conjuntos se miden en los estados financieros separador del inversor, dependiendo del tipo de acuerdo conjunto. Cuando se trata de una operación conjunta, la medición es inicialmente al costo, y posteriormente se incrementa o disminuye por los cambios netos en el acuerdo. Para efectos de presentación, se reconoce la participación proporcional en el acuerdo para cada activo, pasivo, ingreso y gasto, los que a su vez son medidos considerando cada NIIF que les resulte aplicable (NIIF 11, párrafos 20 y 21).

Este PCGE no contempla cuentas de reconocimiento para cada uno de esos activos, pasivos, ingresos y gastos, incorporados en una operación conjunta. Sin embargo, las entidades podrán adicionar los códigos contables, en lo no regulado por este Plan, para efectuar el registro contable de la participación en dichos elementos y sus cambios.

Cuando la naturaleza el acuerdo conjunto es un negocio conjunto, se mide inicialmente al costo y luego se utiliza el método de participación patrimonial, a menos que no ejerza influencia significativa o control, en cuyo caso deberá medirse al valor razonable (NIIF 11, párrafos 24 y 25).

5. Dinámica de la cuenta 30

  • El costo de adquisición de los instrumentos financieros.
  • El valor de las acciones recibidas por distribución de utilidades como pago de deudores.
  • La diferencia de cambio en caso se incremente el tipo de cambio, cuando se trate de instrumentos financieros representativos de deuda.
  • La recuperación de valor por la aplicación del costo amortizado bajo el método de la tasa de interés efectiva, o por la aplicación del método de participación patrimonial.

  • El costo de los instrumentos financieros vendidos o redimidos.
  • La diferencia de cambio si disminuye el tipo de cambio, en el caso de instrumentos financieros representativos de deuda.
  • La reducción del valor por la aplicación del costo amortizado bajo el método de la tasa de interés efectiva, o por la aplicación del método de participación patrimonial.
  • Los dividendos recibidos correspondientes a períodos anteriores a la fecha de adquisición.

6. Comentarios

Las inversiones en instrumentos de deuda, a ser mantenidas hasta el vencimiento, cuyo valor se encuentre expresado en moneda extranjera, se re-expresarán a la tasa de cambio aplicable a la fecha del estado de situación financiera.

7. NIIF e Interpretaciones relacionadas

NIIF COMPLETAS (plenas)NIIF para PYMES
NIC 27          Estados financieros separadosSección 11            Instrumentos financieros básicos
NIC 28Inversiones en asociadas y negocios conjuntosSección 12Otros temas relacionados con los instrumentos financieros
NIC 32Instrumentos financieros: presentaciónSección 14Inversiones en asociadas
NIC 39Instrumentos financieros: Reconocimiento y mediciónSección 15Inversiones en negocios conjuntos
NIIF 3Combinaciones de negociosSección 19Combinaciones de negocios y plusvalia
NIIF 7Instrumentos financieros: Información a revelarSección 33Información a revelar sobre partes relacionadas
NIIF 9Instrumentos financieros
NIIF 11Acuerdos conjuntos
NIIF 12Información a revelar sobre participaciones en otras entidades
NIIF 13Medición del valor razonable

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